Según Encina, las notas de Ibáñez de abril y agosto de 1873 provocaron en los pacifistas chilenos la convicción de que la relación Ibáñez-Frías hacía imposible llegar a un avenimiento, por lo cual presionaron al presidente Errásuriz a buscar el entendimiento directo con el gobierno argentino. Así el 20 de abril de 1874, Blest Gana dirigía una breve y amable nota a la cancillería argentina en la cual afirmaba:
Mi gobierno, en su constante deseo de dar a la cuestión de límites pendiente entre Chile y la República Argentina una solución pacífica y amistosa, conforme a los sentimientos y verdaderos intereses de los pueblos de ambos países, ha creído después de la amplia y extensa discusión a que aquélla ha sido sometida, llegado el caso de apelar al arbitraje previsto en el tratado vigente de 1856; y en consecuencia ha tenido a bien ordenarme me dirija a V.E., invitándole a celebrar una convención que tenga por objeto la designación del nombre o nombres de las personas o autoridades en que se digne fijar su atención el gobierno de V.E. para confiarle el alto y honroso encargo de arbitrar en la presente cuestión. (1)
Carlos Tejedor |
Ya fuera porque quería dejar resueltas todas las cuestiones importantes antes de dejar el ministerio (Avellaneda asumía el mando el 12 de octubre de 1874), o porque temía una guerra con Brasil, el canciller Tejedor por nota del 27 de abril de 1874 aceptó el arbitraje. Los términos en que la Argentina aceptaba fueron precisados de la siguiente manera: "dando a los árbitros el carácter de jurados, que limitarían sus funciones a la aplicación de ciertas reglas previamente establecidas para el caso en litigio entre las partes adversas". Según Encina, el arbitraje comprendía la Patagonia, el estrecho de Magallanes y la Tierra del Fuego. (2)
Ibáñez aceptó el 26 de mayo el arbitraje en los términos propuestos por la cancillería argentina. Su comunicación al Congreso decía:
Resumiendo lo expuesto, resulta: 1º. Que el gobierno argentino, considerando ya agotado el debate, ha reconocido la necesidad y conveniencia de someter la cuestión a arbitraje, conforme a lo estipulado en el tratado de 1856; 2º. Que ha reconocido, también, el derecho que asiste a Chile para sostener que lo que forma la materia del arbitraje sea no sólo el Estrecho de Magallanes, sino toda la extensa región de la Patagonia, comprendida dentro de los títulos chilenos; 3º. Que por lo que respecta al statu quo, si bien no se ha llegado todavía a un arreglo definitivo sobre el particular, hay por lo menos la certidumbre de que no se hará innovación alguna en toda la costa comprendida desde el río Santa Cruz hasta el cabo de Hornos (...) (3)
En su informe al Congreso, el canciller Ibáñez expresaba su convicción de que los títulos chilenos de la época colonial eran superiores a los argentinos.
Finalmente, una nota de Blest Gana del 24 de agosto de 1874 formalizó el acuerdo y Tejedor dio cuenta del mismo al Congreso argentino. Pero la revolución mitrista de septiembre paralizó las gestiones encaminadas a organizar el arbitraje, la ratificación del acuerdo Tejedor-Blest Gana no llegó antes de que finalizara el período de Sarmiento y en consecuencia ésta quedó librada a la decisión del gobierno de Nicolás Avellaneda.
Varios factores explicarían el abandono -o mejor dicho, la postergación- de la alternativa bélica entre la Argentina y Chile durante el gobierno de Sarmiento. En el caso argentino aquéllos eran entre otros el deseo de no arriesgar su lucrativo intercambio con Europa, (4) consideraciones de equilibrio de poder regional -el temor a una alianza entre Brasil y Chile en su contra, la participación en una guerra donde la superioridad naval chilena era evidente-, o la necesidad de cerrar -o, mejor dicho, demorar- un frente de conflicto, ya que la Argentina tenía pendientes conflictos con Brasil y con Bolivia como resultado de su participación en la guerra de la Triple Alianza.
Por el lado chileno, la búsqueda de un acuerdo de arbitraje con la Argentina buscaba también cerrar momentáneamente uno de sus frentes de conflicto. Pero Chile también obtenía en la misma época un arreglo a su problema con Bolivia. El 6 de agosto de 1874, el representante chileno Carlos Walker Martínez firmaba un acuerdo con el canciller boliviano Baptista que sustituía al tratado de 1866. Chile renunciaba a la participación en los derechos que gravaban la exportación de metales, con lo cual el gobierno boliviano doblaba sus rentas. A la vez, las industrias y capitales chilenos no serían objeto de nuevas contribuciones. Los límites entre ambos países fijados por el tratado de 1866 quedaban firmes. Este tratado fue ratificado por ambos gobiernos. Las dos soluciones logradas daban tiempo a Chile para terminar la construcción de sus buques blindados en astilleros ingleses antes de tomar una decisión en cualquiera de las dos cuestiones.
NOTAS
F.A. Encina, op. cit., pp. 88-89.
Memoria del ministerio de relaciones exteriores de Chile, 1874, pp. 254-256, cit. en ibid., p. 89.
Ibid., p. 91.
James R. Scobie, Revolution on the Pampas: A Social History of Argentine Wheat, 1860-1910, Austin, 1964, y V. G. Kiernan, "Foreign Interest in the War of the Pacific", HAHR, XXXV, February 1955, pp. 14-36, cit. en G.S. Smith, op. cit., p. 267.
Historia General de las RRII de Argentina (c)
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